Viernes 26 de Abril de 2024 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
 
 
AFIP
AFIP extendió el plazo para la recategorización del monotributo: cómo hacerlo paso a paso
El 1 de este mes de enero comenzaron a regir las nuevas escalas. Es por ello que los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de que les corresponda.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció este jueves la extensión hasta el 27 de enero, inclusive, el plazo para que los monotributistas realicen su recategorización correspondiente al semestre julio-diciembre de 2022. El organismo lo dispuso a través de la Resolución General N°5318/23, que será publicada en el Boletín Oficial.

El organismo informó que, para saber si corresponde una recategorización, se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.

“Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización”, explicaron.


En el caso de los monotributistas que mantengan la misma categoría “no deberán efectuar ninguna acción”. Lo mismo ocurre en aquellos casos en que hubieran transcurrido menos de 6 meses de la inscripción.

Monotributo: categorías

En una comunicación difundida este jueves, AFIP informó los topes de facturación por categoría a tener en cuenta por los contribuyentes:
Cómo realizar la recategorización de Monotributo

En caso de que corresponda realizar la recategorización, deberán ingresar al sitio de AFIP con número de CUIT/CUIL/CDI y clave fiscal.

A continuación, deberán seleccionar la opción “Recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.

Al seleccionar la opción “Continuar recategorización”, deberán ingresar información correspondiente al monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente, que deberá ser confirmada por en la opción “Confirmar categoría”.



Fuente: ambito.com


Sábado, 21 de enero de 2023
...

Volver

   
   
 
 
   
  Copyright ©2012
www.TiempoFiscal.com
Todos los derechos reservados
Fundación IEFER